El Congreso es el más alto organismo de dirección del PLD.
Sus atribuciones son:
a) Establecer la teoría oficial y fijar los principios básicos en que se sustenta la existencia y razón de ser del PLD;
b) Aprobar o modificar la línea política estratégica nacional e internacional del PLD.
c) Aprobar o modificar los Estatutos del Partido.
d) Dar acta de la elección y proclamar a los 635 miembros del Comité Central del Partido.
El Congreso debe convocarse antes del 26 de enero del 2019 que es la fecha que concluye el período del VIII Congreso Ordinario.
Los miembros del Comité Central y la dirigencia del partido permanecen en sus funciones por cinco años, ahora con la nueva ley de partidos sólo por cuatro años.
El Comité Central debe reunirse cada seis meses, en los últimos cinco años sólo se ha reunido cuatro veces, una de ellas fue una fiesta.
Una de las atribuciones del Comité Central cumplir y hacer cumplir los Estatutos y sus métodos de trabajo, cosa que no ha sucedido en los últimos tiempos.
También tiene la atribución de proponer al Congreso Elector los nombres de los precandidatos a la presidencia de la República.
No se ha puesto en práctica la Secretaría de Relaciones Partido - Sociedad en este período.
En el artículo 43 de los Estatutos del PLD expresa que los candidatos del Partido para las elecciones nacionales, congresuales y municipales se escogerán mediante primarias internas, conforme al reglamento dictado al efecto. Como podemos ver esta es la forma de las primarias del PLD.
En los artículos 46 y 47 se refieren a los Tribunales Nacional, Provincial, municipal, de Comité Intermedio, de Bases y Seccionales integrados conforme al reglamento dictado al efecto.
Como podemos ver es necesaria la convocatoria del Congreso Ordinario a finales del año 2018 para que el Partido de la Liberación Dominicana retome su legalidad.
#CongresoPLDYa
Jinmy García Tejada.
Jinmy García Tejada.
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