Una plenaria del Congreso Ordinario PLD sin discusión en las bases y los Comités Intermedios, igual una reunión del Comité Central sin permitir libre debate, no tiene valor, porque los presidentes de CI. no tendrían una posición orgánica. Llevarían algo personal o grupal, eso no es PLD.
Los ESTATUTOS vigentes del PLD (Art 43) cumplen exactamente con mandato de la LEY (33/18) y esta en su Art 26 con la Constitución ( Art 216)...
Esa es la articulación perfecta o virtuosa de las normas que debe prevalecer MP.
Cuando se introduce en la LEY (33/18) el Art 45 ( hecho por mortales) y no por designio divino se cae en una articulación DEFECTUOSA, en una TELARAÑA que nos traerá traumas si no rectificamos a TIEMPO
No se trata sólo de minoria o mayoría, convénzannos con argumentos ( buena tradicion peledeísta) no nos avasallen con votos grupales porque ya conocemos de la Mancha Indeleble, precisamente de quien nos sigue llamando la atención a casi una década de su partida.
Corriente Institucionalista del PLD
No hay comentarios:
Publicar un comentario