miércoles, 3 de octubre de 2018

Corriente Institucionalista del PLD (CIPEL) deposita intancia de nulidad ante TSE.



Declaración Pública
Por el IX Congreso Ordinario del Partido de la Liberación Dominicana (PLD)
Identificados con el sentir de la mayoría de la población expresado a través de las Consultas
Populares realizadas en 2008 para la Reforma a la Carta Magna que tuvo como resultado una
constitución modélica, considerada entre las más avanzadas de Iberoamérica, la cual en su
artículo 216 establece que el funcionamiento de los partidos políticos debe sustentarse en el
respeto a la democracia interna y transparencia; consignando, además, que sus fines esenciales
son:
• Garantizar la participación de los ciudadanos y ciudadanas en los procesos políticos que
contribuyan al fortalecimiento de la democracia.
• Contribuir, en igualdad de condiciones, a la formación y manifestación de la voluntad
ciudadana, respetando el pluralismo político mediante la propuesta de candidaturas a los
cargos de elección popular.
• Servir al interés nacional, al bienestar colectivo y al desarrollo integral de la sociedad
dominicana.




La Corriente Institucionalista del PLD (CIPEL), conformada por dirigentes nacionales del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), con apego irrestricto al mandato de los estatutos de nuestra
organización, estamos proclamando el valor de los preceptos constitucionales que constituyen la
salvaguarda de la democracia y hemos considerado que en la presente coyuntura política se hace
necesario promover la realización del IX Congreso Ordinario de la organización.
Abrir ese espacio, máximo organismo de dirección del partido, permitirá a los militantes ejercer
un derecho fundamental constitucionalmente reconocido y estatutariamente establecido, expresar
su sentir, restablecer el rumbo de nuestra organización y elegir su dirigencia por cuatro años y no más, conforme a lo que establece la Ley 33-18 en su Artículo 28. Esa es la única manera correcta
de permitir a las bases de nuestro partido formar parte activa de la solución de los conflictos
internos y del necesario posicionamiento de nuestra organización con miras a las próximas elecciones nacionales 2020-2024.
La recién promulgada Ley 33-18, aún con la imposición del Artículo 45 que paradójicamente la desnaturaliza por su inconsistencia, lejos de invalidar el referido texto, refuerza la vocación
auténticamente democrática que tradicionalmente ha caracterizado al peledeísmo, como se puede apreciar en su declaración de principios y estatutos, al contrastarlo con lo expresado en el Art. 26
de la Ley, citamos:
“Los partidos, agrupaciones y movimientos políticos redactaran sus estatutos de conformidad con la Constitución, la presente ley, (y) la ley electoral, sin perjuicio de otras
leyes que regulen aspectos específicos relacionados.
Párrafo I.- Los principios establecidos en las reglas estatutarias estarán orientados a
garantizar la democracia interna, la igualdad de derechos y deberes de los miembros y el
ejercicio político transparente.
Párrafo II.- Sin perjuicio de las leyes que les fueran aplicables, los estatutos constituyen la
norma fundamental de los partidos, agrupaciones y movimientos políticos y establecen los
poderes derechos y obligaciones partidarias a las que sus autoridades y afiliados ajustarán
sus actuaciones.”
La fijación de la pre-campaña en las primarias de los partidos para el mes de julio del 2019 permite
disponer del tiempo suficiente para que nuestra organización restablezca el orden en la casa y cumpla sin contratiempos con el mandato estatutario de realizar desde el recién pasado mes de julio las tareas organizativas del IX Congreso, poniendo en práctica en los meses siguientes, previa
aprobación por parte del Comité Central de los reglamentos pendientes de sanción, las resoluciones del VIII Congreso y el proceso de renovación organizativa desde sus bases.
A tales fines ocho miembros del Comité Central y 51 presidentes de comités intermedios, actuando en sus calidades de miembros plenos del Congreso Ordinario del Partido, solicitamos mediante
comunicación al Comité Político, el pasado 19 de abril la convocatoria del Noveno Congreso.
Igualmente, el 3 de agosto pasado, intimamos, mediante acto ministerial 694-18, al Presidente, al Secretario General del PLD y demás miembros del Comité Político, a los fines de que conocieran
y dieran respuesta a tal solicitud. Debido a que la petición CIPEL ha sido ignorada, anunciamos al país que en este día hemos depositado una instancia ante el Tribunal Superior Electoral para
hacer valer nuestros derechos.

Con nuestra actuación procuramos ser agentes, y no estorbo, para el desarrollo y cumplimiento de los fines que le dieron origen al Partido, inspirados en las propias palabras de su fundador:
“El PLD es un partido formado por hombres y mujeres que tienen conciencia, no solo de
que la sociedad cambia y se mueve sin cesar en dirección del tal o cual cambio, sino que
tienen, además, la voluntad de ser agentes vivos de cambios que conviertan al pueblo
dominicano en una sociedad libre en todos los aspectos (…) Si ese partido existe, si ha sido
creado, los hombres y las mujeres que lo forman harán todo lo que sea provechoso para el
desarrollo de ese partido y dejarán de hacer todo lo que estorbe su desarrollo”.
Santo Domingo de Guzmán, D.N.
3 de octubre de 2018.

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